El instrumento público establece que ante la pandemia por el COVID-19, mas conocido en el mundo como Coronavirus, se estima conveniente adoptar medidas relacionadas con el funcionamiento de la administración pública provincial en referencia como nueva medida preventiva.
La medida tiene como objetivo principal acotar la concurrencia de personal y de público a las oficinas del Estado y se exceptúa a los trabajadores que prestan servicio en el sistema de salud y seguridad.
Se aclara en el decreto que los empleados que cumplen funciones en el turno “vespertino” quedan liberados de concurrir a sus lugares de trabajo.
La medida se realiza en consonancia con la Emergencia Epidemiológica que se decretó el viernes 13 de marzo, para reducir la circulación de personas tanto en el palacio gubernamental como en las distintas reparticiones públicas.
El DNU 1/1, firmado el viernes sostiene que se suspende “la realización de todos los eventos culturales, artísticos, recreativos, deportivos y sociales de organización pública y/o privada que impliquen aglomeración o concurrencia masiva de público, por el término de 30 días”.
Además, dispone que “todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público deberán habilitar los medios (telefónicos, internet, etc.) que posibiliten la obtención de turnos para asistir a los mismos, a fin de evitar aglomeraciones en sus espacios comunes”.
Luego, se añadió la suspensión de clases, tanto en establecimientos privadas como públicas hasta el 31 de marzo, para resguardar a los estudiantes y evitar así la propagación masiva del virus.